Add parallel Print Page Options

Di a los hijos de Israel: El hombre o la mujer que cometa alguno de todos los pecados con que los hombres prevarican contra otro, ofendiendo a Jehová,

aquella persona confesará el pecado que cometió, y compensará enteramente el daño, y añadirá sobre ello la quinta parte, y lo dará a aquel contra quien pecó.

Y si aquella persona hubiese fallecido y no tuviese pariente al cual sea resarcido el daño, se dará la indemnización del agravio a Jehová entregándola al sacerdote, además del carnero de las expiaciones, con el cual hará expiación por él.

Read full chapter

Bible Gateway Recommends